Plazo de prescripción de la acción para solicitar la devolución de lo debidamente pagado en Ecuador

La norma tributaria únicamente establece el plazo de prescripción para solicitar la devolución de lo indebidamente pagado, faltando determinar los plazos para que opere la prescripción de solicitar lo debidamente pagado como ocurre con la devolución del IVA. El objetivo del estudio es determinar el plazo en el que prescribe la devolución de lo debidamente pagado, realizando un análisis crítico de la normativa tributaria ecuatoriana y los pronunciamientos de la autoridad competente, siendo la analogía un procedimiento admisible para colmar los vacíos de la ley. En virtud del análisis, se concluye que el plazo en el que prescribe la devolución de lo debidamente pagado es de 5 años.

 

Henry Patricio Tello Yandún1

Angel Aurelio Morocho Macas2

Sonia Marlene Bonilla Carchi3

 

  1. Especialista en Tributación y Profesor investigador de la Unidad Académica de Administración. Universidad Católica de Cuenca. (Ecuador). E-mail: htello@ucacue.edu.ec
  2. Magister en Administración de Tecnologías de Información y Profesor investigador de la Unidad Académica de Administración. (Ecuador). Universidad Católica de Cuenca. E-mail: amorocho@ucacue.edu.ec
  3. Magister en Docencia de las Matemáticas y Profesor investigador de la Unidad Académica de Administración. Universidad Católica de Cuenca. (Ecuador). E-mail: smbonilla@ucacue.edu.ec

Un Comentario

  1. La devolución de Iva es un tema interesante, se podría tomar una variable alterna midiendo el impacto en el presupuesto al momento de recuperar , como son el caso de las IES, que ahora le atribuyen a la compensación y su impuesto es cargado al gasto, disminuyendo la asignación real para aplicar gastos de gestión, le prescripción de IVa puede generarse un dolor de cabeza para el contador que no la solicitó a tiempo al final sin recursos del Estado, sujetos a control por la Contraloría General del Estado

Deja una respuesta